En Notaría Pública 30 contamos con los conocimientos jurídicos y notariales necesarios para ofrecer soluciones a las necesidades específicas de los clientes.
En esta oportunidad te explicamos algunos puntos importantes sobre qué es la herencia.
De acuerdo con el artículo 1281 del Código Civil Federal mexicano, la herencia se define como: “…la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte". Es decir, que cuando una persona fallece, todo su patrimonio, incluyendo también sus deudas, las puede recibir otra u otras personas, que pueden ser físicas o morales.
Legalmente, a la persona que ha perdido la vida se le denomina “autor de la herencia” o “de cujus”, y a su patrimonio se le llama “acervo hereditario”, mismo que es determinado por un inventario realizado dentro del juicio de demanda por una herencia.
A la persona o personas que reciben el “acervo hereditario” se les llama “herederos”, habiendo de dos tipos:
Testamentario: Cuando el heredero se establece en el Testamento
Herederos legítimos: Cuando el “autor de la herencia” no nombra en su testamento a ninguna persona o no especifica el destino de todos sus bienes. Este tipo de herederos suelen ser los descendientes (hijos, nietos, bisnietos, etcétera), los esposos, los ascendientes (padres, abuelos, bisabuelos, etcétera), parientes colaterales dentro del cuarto grado (hermanos, tíos y primos), entre otros establecidos por el artículo 1602 del Código Civil Federal.
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